----------- Edición N° 14 - ---- Bogotá, D.C. - Colombia - Sur América - ----

Por MARGARITA ESCOBAR
MARIA CAMILA  MELO GUTIERREZ

Proyecto De  Ley Primer  Empleo

Desde hace escasos  meses, por distintos medios de comunicación se ha empezado a informar que el denominado “Plan de Choque contra el desempleo y la pobreza”, propuesto por  el   candidato liberal Rafael Pardo, por el partido liberal, con el apoyo del actual Presidente Juan Manuel Santos a instruir en su plan de unidad Nacional, la llamada Ley del Primer Empleo para los jóvenes menores de 28 años de Colombia.

El  jueves 19 de agosto del año 2010, el ministro de la protección social, Mauricio Santamaría presentó  ante la Cámara de Representantes el proyecto de ley de formalización empresarial y primer empleo. El proyecto consta de cuatro títulos, a saber: el primer título dirigido a la formalización empresarial mediante la aplicación de incentivos, el segundo título establece algunos estímulos para acceder al primer empleo, el tercer título trata de la reducción de trámites para acelerar la formalización del empleo en los jóvenes y finalmente, el cuarto título establece   los mecanismos de control y de inspección a las empresas que contraten a jóvenes.

Este proyecto de ley es la respuesta a la crisis por la que actualmente atraviesa el mundo y particularmente Colombia en materia de empleo juvenil, según el informe presentado por la OIT
(Organización Internacional  del Trabajo)  el 11 de agosto de 2010 afirman que “a finales de 2009, de los 620 millones de jóvenes económicamente activos entre 15 y 24 años a nivel mundial, 81 millones estaban desempleados, el número más alto en la historia, esto representa 7,8 millones más que en 2007.

Lo que resulta  realmente significativo  es que   temas como el desempleo y propiamente  en los  jóvenes  esté ocupando la agenda  tanto del  nuevo gobierno  como de  los  medios  de  comunicación,  por fin le  han dado la importancia que se merece a uno de  los mayores problemas del país con un índice  de  desempleo del 11.8%   en el 2007 a  13% en el  2009  resultados de   una  encuesta  realizada por  el DANE.

Colombia es  uno de  los países  que se  ve altamente afectado por  este  problema social, económico y político en la juventud, donde estudiar  ya  no es garantía de  conseguir fácilmente  un puesto que  supla  con el salario las  necesidades  básicas de  la  población. Sin embargo, lo importante  dentro de este  tema es el diseño y aplicación de estrategias que lleven a soluciones reales y que además no generen nuevos problemas. No es nada fácil, es necesario admitirlo, porque la informalidad, conocida como el rebusque y el alto índice de desempleo   están haciendo estragos dentro de estas cifras,   poco a poco inmanejables.

Según esta ley, las empresas que contraten jóvenes menores de 25 años quedan exentas de pagar los llamados parafiscales; así como lo afirma el representante a la cámara y ponente principal Simón Gaviria   no es  una reforma  netamente  laboral, “ es una  ley de incentivos  económicos  que  busca fortalecer  cantidad  y calidad en temas de empleo” donde  los parafiscales  en las  empresas  pequeñas y medianas  serán descontables del Impuesto.

 Esta  ley  de formalización  y generación  cuenta  con  cinco grandes  componentes,  los cuales  tocan  la  posibilidad de  descontar  los parafiscales del impuesto de renta  para las  empresas, contratar a alguien sin afectar su salario , contando con un grupo amplio de desplazados, reintegrados,  personas con discapacidad y  madres cabeza de  familia ,  correcciones al SISBEN  donde la  gente pueda  conseguir trabajo y mantenerlo por un año , y finalmente  arreglar   temas de  retención en la  fuente, y extendemos la tabla de asalariados y finalmente  poner en cintura las  cooperativas   de trabajo asociado

La aprobación  para  el proyecto de ley todavía  no se  ha terminado  tras  tener   un amplio debate las comisiones de conciliación del Congreso  donde se definieron los textos con los que se pretende crear 2,5 millones de empleos nuevos y formalizar otros 500.000 puestos de trabajo.

La normativa  de este  proyecto de  ley  establece que las pequeñas empresas que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la Ley cumplirán las obligaciones tributarias de impuesto sobre la renta y complementarios de forma progresiva.  De esta  normativa surge  la  pregunta de  “¿Por qué los primeros tres a cinco años? Lo que aclara  Juan Manuel Galán  que esta  demostrado que el más grave riesgo de quiebra de una empresa ocurre en esos primeros años, de  manera que  de cada 100 empresas creadas sólo 25 sobreviven al tercer año.

De manera que  no es  solo decir que una empresa al contratar un joven en este rango de edad, ya podrá descontar los parafiscales,  siendo estos beneficios exclusivos para las empresas que aumenten el número de empleos y que incrementen el valor de la nómina. Sólo las que  cumplan con estos  requisitos, podrán descontar los aportes parafiscales de los jóvenes empleados del impuesto de renta.

Generación de empleo

 El representante a  la cámara  Simón Gaviria  dijo que los beneficios consisten en que “las empresas podrán descontar del impuesto de renta, por dos o tres años, según el caso el valor de los aportes parafiscales que paguen por estos trabajadores, y un porcentaje de los aportes en salud y en pensiones”.

 la eficacia del proyecto radica en  que  los   empresarios se apropien de él y los trabajadores tengan acceso a la  información, en el marco del  tratado de  libre comercio está previsto que en la  legislación laboral Colombiana  se hagan  unas reformas que permitan fortalecer  su institucionalidad, un ejemplo claro seria  la apertura del ministerio del trabajo, fortalecer el número de  inspectores laborales que  van a ratificar el cumplimiento laboral en las  empresas. 

De  la  mano con un impacto  positivo sobre  los trabajadores colombianos  y los que  han buscado formalizarse con la  ley del primer  empleo.  

Desacuerdos  con la  ley

El representante del polo Wilson Arias  anota que  “más que  una  ley de primer  empleo  o es  estímulo a  los  jóvenes  siendo  una ley de  formalización empresarial ,   es una ley que cuenta con una tratamiento a  dos  temas  distintos que  tienen un grandísimo peso  con  relación a la  formalización  de   las  empresas ”, de  manera que el  gobierno al hacer cálculos  y lograr  que empresas que están en la  informalidad  pasen a  la  formalidad, lograría  una  mayor  implementación  con pretensión sobre esa  vía  al formular de  manera  mucho más  formal las  relaciones laborales que  imperan  en las  empresas  informales.

 Sin embargo está  por verse    el efecto de ese  capítulo principal, de manera que  muchas  normas en Colombia se  han expedido con ese  mismo propósito, y han exonerado la obligación  de  pagar aporte a entidades  públicas, donde el estímulo principal de este  proyecto  cobra  vida dentro de la    formalización empresarial, a núcleos o empresarios en  diversas  zonas económicas  principalmente de  exportación, en el sector de  la salud y en el sector educativo siendo el  pretexto de la generación de  empleo  que siempre   ha diezmado  la tributación parafiscal,  donde  no resulta  beneficioso dicha  contribución , más  bien lo que  podría  ocurrir   es que se presente el fenómeno de  mitosis  empresarial, es decir  que algunas empresas ya  constituidas para  poderse  presentar como  nuevas pequeñas empresas   y optar  por  beneficios de  exoneración de  parafiscales  divididas en  dos nuevas siendo una  anterior  sin enganchar en ningún trabajador en ninguna  parte.

Lo que tiene  que  ver con empleos para  los  jóvenes  ,  afirma el representante al Polo en una  palabra,” es empleo “basura” , la  noción del primer empleo  juvenil ha sido  manipulada en el mundo , los franceses  son un vivo ejemplo por ser  un proyecto legítimo de allá y no de  Colombia, es el banco mundial quien ha recomendado que  permitamos   vincular a  los jóvenes  y disminuir las  remuneraciones a  ese  núcleo de  la  población”

Contratación de  personal por medio de  cooperativas de  trabajo asociado

Frente  a la Contratación a través de cooperativas de trabajo asociado, el artículo 63  hace alusión “a  que el  personal requerido en toda institución o empresa pública o privada para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de Cooperativas de Servicio de Trabajo Asociado que hagan intermediación laboral, o bajo ninguna otra modalidad de vinculación que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes”.

 De  manera que  la incidencia en el sector solidario como lo menciona  Gaviria    es defender el sector  cooperativo por  medio de  una  reglamentación  agresiva e  intensa  a  las  cooperativas de  trabajo asociado que  se  han convertido en intermediadoras  laborales,  siendo los causantes del daño al sector  cooperativo.

Donde  la  cooperativa  de Trabajo no puede cumplir una función misional de una entidad, un claro ejemplo es el sector de  la salud. Donde  un  grupo de enfermeras se juntaban para prestar un servicio, pero había una plena intermediación laboral, “había una prelación de jefe a trabajador sin garantizar derechos laborales con una figura de prestación de servicios”. Es en ese  caso donde el  Estado es violador de ese derecho, por eso la funciones misionales de las empresas del Estado las  debe hacer personas contratadas debidamente.

 Sin embargo el  Ex senador, Carlos Julio González  afirma que    las Cooperativas de Trabajo Asociado han provocado  una pérdida de dignidad y una queja constante, asociadas a los decrecimientos en los derechos seguridad social en el sector de la salud.

La perspectiva del sector solidario


En  el sector solidario,   la esencia del proyecto esta  manifestada  por la falta de claridad. Un ejemplo es el Vicepresidente de  Confecoop John Jairo Gómez Berna, resaltando que  en un país como Colombia  no se  necesitan más leyes,  ya que  hay muchas   referentes a  ese  tema, lo que  siempre ha hecho falta es  la  verdadera  aplicabilidad  y que  por esa  razón esa ley incurre   al permitir que  sea  puesto en entre dicho un derecho que  todos  los  ciudadanos  tienen como lo es el trabajo y  ha sido  violentado.

Además, sostiene que la Ley no es clara en su marco conceptual, en relación a los procesos misionales,  entendidos como los mandatos  en  la razón ser de la entidad, como  la actividad principal.   A la ley le faltan dientes, sostiene  Gómez. Para él es fundamental una reglamentación clara en  que se refiere a  cada uno de los términos, así se garantiza que no muera el espíritu del proyecto. 

 Finalmente  el proyecto Ya es ley, ya está haciendo vigencia,  acabando de  ver  un aumento importante  800 mil nuevos empleos, pero la ley tiene  algunos apartes  por reglamentar.   Por lo tanto se está  gestionando  por medio de   gente  especializada en el ministerio de  comercio y protección , la  función  y labor  para   implementar  herramientas y  mecanismos que  permitan dar  funcionamiento y aplicabilidad  a  las propuestas  con realidad  , trabajando de  la  mano con los medios de  comunicación para que  los  ciudadanos  la conozcan  y los apartes que los benefician.

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