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Regulación en servicios públicos: eficiente en su momento pero obsoleta en la actualidad
Miércoles, Noviembre 13, 2019
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Las leyes 142 y 143 de 1994 dieron un vuelco a la regulación en servicios públicos domiciliarios, liberalizando al sector, al admitir la libre competencia entre empresas públicas y privadas, al tiempo que modificó el rol del Estado, pasando de ser prestador a regulador. Sin embargo, según Julián López Murcia, decano de la Facultad de Ciencias Sociales, hay al menos tres razones para pensar en su actualización. Aquí le contamos cuáles son.
Por: Emanuel Enciso Camacho - Fotografías: Pixabay y Alejandra Zapata – Oficina de Comunicación

Un aspecto de vital importancia para el desarrollo del país, como lo evidencia el actual Plan Nacional de Desarrollo, es la calidad y eficiencia de los servicios públicos, especialmente del agua potable, el saneamiento básico y la energía, centrales para la equidad y la competitividad.

Precisamente, cifras del Departamento Nacional de Planeación sostienen que, a junio de este año, aproximadamente 3,8 millones de personas consumían el líquido vital en condiciones no potables, mientras, se estima, que el desperdicio de agua potable en el país ronda el 40% y hay un 30% de consumo adicional de electricidad debido al uso de equipos ineficientes y malas prácticas.

Como explica el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de Utadeo, Julián López Murcia, experto en regulación de servicios públicos, en los ochentas, el país se encontraba en lo que muchos analistas calificaban como una “trampa de los malos servicios”, lo cual significaba que las empresas prestaban servicios de mala calidad y a tarifas que no cubrían los costos, de manera que quienes tenían acceso no tenían incentivos para aceptar alzas, y por lo tanto, no había recursos para extender la cobertura.

En últimas no había ni cobertura, ni calidad y eran empresas insostenibles, al tiempo que se generaban graves problemas de corrupción.

Julián López Murcia, decano de la Facultad de Ciencias Sociales de Utadeo

Esta preocupación tuvo eco en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, que, en los artículos 365 a 370 de la Constitución Política de Colombia, dio un vuelco total a la regulación en este aspecto, al liberalizar el sector, admitiendo empresas públicas y privadas, al modificar el rol del Estado, pasando de ser prestador a regulador, creando con ello la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Al mismo tiempo, menciona López Murcia, se dieron los principios del régimen tarifario que permitieron la recuperación de los costos eficientes, y por el otro, determinó los subsidios focalizados a la población más pobre.

En la administración Gaviria fueron expedidas las leyes 142 (servicios públicos domiciliarios) y 143 (energía eléctrica) de 1994 que, entre otras, crearon reglas claras de juego que posibilitaron un aumento histórico en la inversión privada, y por ende, con mayor cobertura y calidad en la prestación.

Durante sus primeros años de vida, la regulación fue un éxito, pues se incrementó de manera significativa la inversión privada en energía y telecomunicaciones y, a menor escala, en agua potable y saneamiento básico. En términos de tarifas, estas se manejaron de forma técnica.

Fueron leyes históricas y muy exitosas por su eficacia para lograr aumentos en cobertura y calidad en ciudades grandes y municipios medianos, pero no tuvieron el mismo impacto en municipios pequeños y zonas rurales”, destaca López Murcia, quien específica que para algunas ciudades como Quibdó, estas regulaciones tampoco fueron la respuesta.

Uno de los más recientes avances con miras a consolidar la universalidad con calidad se dio entonces durante la administración Santos, específicamente a través del Plan de Desarrollo del 2015, en el que se crearon los esquemas diferenciales, los cuales brindaron la posibilidad de tener reglas de juego especiales para aquellos lugares en los que ha sido difícil incrementar cobertura y calidad con la ley 142. El interés en estos esquemas se ha mantenido durante la administración Duque.

 

25 años después: ¿es necesario cambiar el marco regulatorio?

Hay, al menos, tres razones de peso para pensar en reformar la ley 142, luego de 25 años como marco regulatorio de los servicios públicos en Colombia.

La primera es que no ha permitido solucionar los problemas de limitación de recursos para agua potable y saneamiento básico, dada su difícil ejecución y sostenibilidad financiera y operativa de la prestación, tal como explicó López Murcia recientemente en un evento académico en la Universidad Nacional de Colombia (video).

La segunda, de carácter jurídico, se refiere a las dificultades que hay en Colombia para que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico implemente la racionalidad regulatorio de los Derechos Humanos, como se ha señalado en el Informe Final del Relator Especial de Naciones Unidas para el derecho humano al agua potable y saneamiento citando el trabajo de López Murcia (Ver texto del informe).

La tercera es la urgente necesidad de enfocar la regulación hacia conceptos más generales como “seguridad hídrica” y “economía circular”, con una visión integral que trascienda el sector de los servicios públicos y se integre con los usos agrícolas e industriales, y como una herramienta de adaptación frente al cambio climático, como explicó López Murcia en un reciente foro en Utadeo (video), en el que también participaron el Ministro de Vivienda, el Director Ejecutivo de la CRA, ANDESCO, e importantes líderes en consultorías.