Guía para la campaña de los candidatos de las elecciones Utadeo 2020

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Guía para la campaña de los candidatos de las elecciones Utadeo 2020
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Lunes, Febrero 17, 2020
Para hacer un debate con normas claras para todos los candidatos, consulta aquí el documento que te guiará en esta fase del proceso electoral.

Con el fin de hacer un proceso transparente y con normas claras de lo que pueden y no pueden hacer los candidatos de los profesores y alumnos ante los Comités Curriculares y el Consejo Directivo durante el momento de campaña y de elección, la Secretaría General generó un documento que explica claramente los derechos y deberes de los candidatos.

Este es el texto del documento que los candidatos deben tener en cuenta:

GUÍA PARA LA DIVULGACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL DE CANDIDATOS 2020

El presente documento busca ser un referente para que los estudiantes y profesores que son candidatos elegibles al Consejo Directivo y a los Comités Curriculares puedan divulgar sus propuestas de campaña, en condiciones de igualdad, respeto y de acuerdo a los principios que rigen en la Universidad.

La divulgación electoral se entiende como la comunicación que realizan los candidatos elegibles, con el fin de obtener apoyo electoral a sus propuestas para ser elegidos.

Los candidatos elegibles, efectuarán la divulgación de sus propuestas para promover sus programas y la realización de estas, así como sus planteamientos frente a los diversos asuntos de interés de la comunidad.

La propaganda electoral deberá respetar el buen nombre de las personas y no podrá incitar a la violencia o al daño colectivo, tampoco podrá contener mensajes alusivos a otros candidatos, ni a los distintivos y lemas de sus campañas, ni contener mensajes negativos frente a los demás aspirantes.

Los votos se deberán obtener de manera transparente, sin que se ofrezca algún tipo de dadiva. En ningún caso se podrá hacer publicidad para que los estudiantes no ejerzan su derecho al voto o no se vote por un candidato.

La divulgación electoral puede realizarse desde el 11 de febrero hasta el 21 de febrero de 2020 a través de:

  • Piezas graficas impresas y/o digitales, tales como: pendones, volantes, brochures, afiches, manillas, entre otros.
  • Prendas de Vestir con los mensajes del candidato.
  • Debates públicos, que no interrumpan la actividad académica de los estudiantes.

Derechos de los candidatos elegibles

  • A utilizar redes sociales, páginas de internet, blogs y demás recursos electrónicos para promocionar sus propuestas y objetivos. Además del micrositio de las elecciones dispuesto por la Universidad.
  • A utilizar los sitios de la institución, autorizados previamente por la Dirección Administrativa de la Universidad para fijar la divulgación electoral, estos son los paneles blancos ubicados en:
  • Entrada Calle 26, Módulo 20
  • Módulo 0 "Arcos"
  • Entrada Calle 23, Módulo 2
  • Módulo 21 Hall Biblioteca
  • Entrada MAV-TadeoLab
  • Entrada Módulo 7A
  • Módulo 16 Edificio de Posgrados
  • Casa Republicana, Centro de Arte y Cultura
  • Módulo 23, CIPI
  • Módulo 24 Deportes.
  • En el caso de los estudiantes, a utilizar tiempo de clase para hacer conocer sus propuestas y objetivos, previa autorización de los profesores.
  • A participar de los debates que se organicen por facultades en la emisora de la Universidad.

Deberes de los candidatos elegibles

  • Respetar a los otros candidatos, a la Universidad y a la comunidad universitaria en todas las manifestaciones públicas y privadas de su campaña.
  • No coartar ni influir de manera ilegal, la decisión de cualquier elector.
  • Clausurar su campaña en el momento que establezca la Secretaria General de la Universidad y no referirse a las elecciones públicamente durante los días de votación. Esta disposición se extiende al uso de redes sociales, correos electrónicos masivos o cualquier otro tipo de medio de difusión.
  • Retirar el material utilizado en la campaña una vez concluyan las elecciones. La Secretaria General, velará por el cumplimiento estricto de esta disposición y podrá tomar las medidas pertinentes en caso de su inobservancia.

No se podrá pegar información de ningún tipo en paredes ni pizarras (que no sean autorizadas por la Institución) ventanas, puertas, árboles, señales de tránsito, ni emplear estas superficies para hacer letreros con pintura u otras sustancias.

No se permitirá el uso de altavoces ni equipos de sonido y demás artefactos que interfieran en las actividades normales de la Universidad.

La violación de las normas establecidas en esta Guía sobre divulgación electoral por algún miembro de la comunidad universitaria, se considerará falta grave conforme el Reglamento estudiantil y el Régimen disciplinario de la Universidad. La Secretaria General podrá solicitar la apertura del expediente disciplinario a quienes infrinjan las normas sobre la divulgación electoral.

Reconocimiento personería jurídica: Resolución 2613 del 14 de agosto de 1959 Minjusticia.

Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional.