Profesor tadeísta fue consultado por SIC TV sobre caso de publicidad engañosa

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Profesor tadeísta fue consultado por SIC TV sobre caso de publicidad engañosa
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Viernes, Octubre 12, 2018
Profesores
Carlos Arango, de la Escuela de Publicidad, hizo un llamado a las agencias creativas y de medios para que se comunique de forma responsable y se respete al consumidor.
Fotografía: SIC

El pasado 18 de septiembre, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a la compañía de telecomunicaciones Tigo rectificar el mensaje de la campaña publicitaria “No podemos llamarnos ilimitados”, al considerar que esta desconoce la finalidad de la suspensión preventiva emitida por esa entidad en torno a la anterior campaña, denominada “La primer red ilimitada de Colombia”, en la que la compañía ofrece planes ilimitados para el servicio de telefonía móvil, por considerarla publicidad engañosa o que induce a la confusión del usuario, generando falsas expectativas, dado que los planes presentan una limitación en la velocidad de los datos, una vez se consume el servicio contratado.

Al respecto, el programa institucional de la SIC consultó al profesor de la Escuela de Publicidad de Utadeo, Carlos Arango, acerca de las implicaciones de la medida, así como de la responsabilidad que incumbe a las agencias creativas, publicitarias y de medios a la hora de emitir este tipo de mensajes.

Aludiendo al Código de Autorregulación Publicitaria, emitido por la Unión Colombiana de Empresas Publicitarias (UCEP), Arango hizo un llamado al sector para que se respete a los consumidores y actúen basados en la ética profesional inculcada desde la academia: “Es una buena oportunidad para llamar a la industria publicitaria a generar conciencia de la comunicación que se está haciendo y al manejo que le está dando a sus clientes o marcas. Nosotros como industria tenemos el Código de Autorregulación Publicitaria y este reza en muchas partes que no podemos entrar a estas confusiones de términos que para la marca significan una cosa pero que para los usuarios significa otra”, indicó el experto. 

Reconocimiento personería jurídica: Resolución 2613 del 14 de agosto de 1959 Minjusticia.

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