El área laboral ofrece el servicio jurídico gratuito a las personas que no cuenten los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado a través de los estudiantes adscritos al Consultorio Jurídico.
Los estudiantes podrán adelantar la demanda judicial y reclamaciones administrativas, siempre y cuando no superen la suma de veinte (20) SMLV en sus pretensiones, de conformidad con la Ley 583 de 2000, además, podrán elaborar liquidaciones de acreencias laborales, tutelas, derechos de petición y conceptos jurídicos con sus posibles soluciones, en los siguientes asuntos mencionados en el Art. 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Todas las diferencias que se origen del contrato de trabajo:
- El no pago de prestaciones sociales (primas de servicio, cesantías, intereses de cesantías)
- Indemnizaciones por despido sin justa causa
- El no disfrute ni compensación en dinero de vacaciones
- El no disfrute ni compensación en dinero de compensatorios
- Reajustes salariales.
Todas las diferencias referentes al sistema de seguridad social integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) que resulten entre:
- Los afiliados,
- Beneficiarios o usuarios,
- Los empleadores y las entidades administradoras o prestadoras del sistema.
La ejecución de obligaciones emanadas de la relación de trabajo y del sistema de seguridad social integral (supone la existencia de un documento que presta mérito ejecutivo tales como un acta de conciliación, una sentencia que ordena un pago, cuyas obligaciones no han sido cumplidas).
Sí dentro las pretensiones del servicio está elaborar una liquidación de acreencias laborales, se hace necesario contar al menos con los siguientes datos el día de la entrevista, a fin de agilizar el servicio:
- Nombre del trabajador
- Nombre del empleador
- Fecha de ingreso
- Fecha de terminación
- Cargo
- Salario (Especificar sus componentes), lo que se devengaba cada año que laboró
- Horario de trabajo. Tiempo de almuerzo y de descansos
- Clase de contrato
- Motivo de terminación
- Dineros recibidos durante la relación laboral (cesantías, intereses de cesantías, primas, bonificaciones…)
- Vacaciones (periodos disfrutados o compensados en dinero)
- Dineros recibidos al terminarse la relación laboral
- Descuentos
- Afiliación a la seguridad social integral: fecha de afiliación y nombre de la entidad (salud, pensiones y riesgos laborales).