En virtud de la Ley 583 de 2000 los estudiantes del Consultorio Jurídico deben estar en capacidad de asumir la defensa judicial en procesos de competencia de los Jueces Penales Municipales, a saber:
- Lesiones Personales
- Delitos contra el patrimonio económico en cuantía equivalente a una cantidad no superior en pesos a ciento cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la comisión del hecho.
- De los procesos que requieren querella aunque el sujeto pasivo sea un menor de edad, un inimputable o la persona haya sido sorprendida en flagrancia e implique investigación oficiosa.
- Inducción o ayuda al suicidio
- Lesiones personales sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar o enfermedad sin exceder de sesenta (60) días
- Lesiones personales con deformidad física transitoria
- Lesiones personales con perturbación funcional transitoria
- Parto o aborto preterintencional.
- Lesiones personales culposas.
- Omisión de socorro.
- Violación a la libertad religiosa
- Injuria
- Calumnia
- Injuria y calumnia indirecta
- Injuria por vías de hecho
- Injurias recíprocas
- Violencia intrafamiliar
- Maltrato mediante restricción a la libertad física
- Inasistencia alimentaria
- Malversación y dilapidación de los bienes de familiares
- Hurto simple cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes
- Alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado
- Estafa cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes
- Emisión y transferencia ilegal de cheques
- Abuso de confianza
- Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito
- Alzamiento de bienes
- Disposición de bien propio gravado con prenda
- Defraudación de fluidos
- Acceso ilegal de los servicios de telecomunicaciones
- Malversación y dilapidación de bienes
- Usurpación de tierras
- Usurpación de aguas
- Invasión de tierras o edificios
- Perturbación de la posesión sobre inmuebles
- Daño en bien ajeno
- Usura y recargo de ventas a plazo
- Falsa autoacusación
- Infidelidad a los deberes profesionales.
- De los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
- Delitos dirigidos a la protección de la información y los datos.
Los estudiantes de Consultorio Jurídico también pueden asumir la representación de victimas en todos los delitos en procesos que se adelantan en la jurisdicción penal en la Ley 906 de 2004 y constituirse como parte civil en procesos que se surtan bajo la Ley 600 de 2000.
La Ley 583 de 2000 además, prevé la competencia de los estudiantes de Consultorio Jurídico en los procesos administrativos de carácter sancionatorio que adelantan las autoridades, los organismos de control y las entidades constitucionales autónomas.
Trámites de mayor solicitud en el Área Penal:
Son dos los conductos por medio de los cuales los estudiantes de Consultorio Jurídico asumen la competencia en representaciones judiciales de carácter penal: las consultas que presencialmente hacen los usuarios que acuden a las instalaciones de la UJTL y los casos asignados por la Defensoría Publica en virtud de los convenios suscritos, y de los casos atendidos se destacan varios delitos a los cuales se les da un manejo especial:
Representación judicial:
- Inasistencia alimentaria. Delito que perdió su carácter de querellable a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1542 de 2012; sigue siendo el delito de mayor representación en el Consultorio Jurídico, bien sea por solicitud de la víctima o por defensa judicial del procesado. Este delito requiere la verificación de la existencia de una justa causa para la sustracción, para estructurar la defensa o la probanza de ingresos del obligado a suministrar alimentos a efectos de demostrar responsabilidad. Es importante entonces que el estudiante establezca una relación fluida con su representado para una óptima representación.
- Delitos contra el patrimonio económico. Son tal vez los que mayor dificultad entrañan al momento de una correcta adecuación típica, es fundamental que el estudiante determine a partir de la estructura del tipo penal cuál es la conducta cometida y en ese sentido establecer la estrategia a partir de la que abordará el delito.
- Acto sexual en menor de 14 años. Delito que solo conocemos en calidad de victimas en virtud del convenio suscrito con la Defensoría Pública y en el que prestamos especial atención a que se cumplan los objetivos del proceso penal: verdad, justicia y reparación. Es importante el acompañamiento judicial a la víctima durante todas las audiencias y la especial atención al Incidente de Reparación Integral en los eventos en los cuales exista un fallo de responsabilidad penal.
Redacción de documentos:
- Poder Especial.
Si bien es cierto la representación de oficio que asumen los estudiantes se entiende oficial a partir de la expedición de la autorización expedida por la Dirección del Consultorio Jurídico, también es cierto que en los casos en los cuales el usuario concurre a solicitar que se le represente de forma particular este debe conferir un poder especial amplio y suficiente para poder actuar, este poder entonces debe ser redactado por el estudiante y entregado al usuario para que este acuda a una Notaria o a un Despacho Judicial a hacer la correspondiente presentación personal. El poder debe contener los datos del asunto en el cual se realizará la representación así como las facultades que específicamente se confieren para una correcta gestión.
- Denuncias y querellas.
La denuncia y la querella son formas de noticia criminal que se presentan ante la Fiscalía General de la Nación para que por medio de la oficina de Asignaciones se pongan en conocimiento unos hechos que revisten características de delito para que estos sean investigados. En ambos casos pueden ser suscritos por el denunciante o por el estudiante en representación judicial, y deben contener cuanto menos los datos de quien denuncia, una relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes y la información que se posea respecto del presunto autor de los hechos. Aunque no es menester entrar en valoraciones de orden jurídico al momento de denunciar, se recomienda al estudiante realizar un análisis juicioso desde lo factico a efectos de acertar en la adecuación típica.
- Acciones Constitucionales
En algunos casos los usuarios que acuden a nuestras instalaciones lo hacen con el propósito de recibir orientación en procura de un Derecho Fundamental propio o de un tercero, en ese sentido el estudiante debe estar en capacidad de adelantar las siguientes acciones:
Acción de Tutela.
Escritos en virtud del Derecho de Petición.
Acción constitucional de Habeas Corpus