Consejos de Carlos Andrés Gómez al momento de presentar un derecho de petición

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Consejos de Carlos Andrés Gómez al momento de presentar un derecho de petición

Utadeo en los Medios
Consejos de Carlos Andrés Gómez al momento de presentar un derecho de petición
Miércoles, Mayo 22, 2019
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Asuntos Legales de La República consultó a expertos para saber qué hacer y qué no al momento de redactar los derechos y las causas más comunes por las cuales las entidades no responden.

Un derecho de petición tiene los siguientes elementos básicos: nombres y apellidos del solicitante, objeto de la petición, razones de la petición, relación de los documentos, firma del solicitante (en peticiones físicas) y dirección de la notificación. En caso de que se presente de manera digital, lo aconsejable es incluir un correo electrónico de respuesta.

Según explica Carlos Andrés Gómez, director del Departamento de Ciencias Jurídicas de Utadeo, es importante que las solicitudes respeten los principios de debido proceso, intimidad y habeas data. “Las personas tienden a solicitar información que tiene reserva legal, como historiales laborales o bancarios. En esos casos, terminan perdiendo el tiempo, porque las entidades les contestan con un escueto: no se puede responder”.

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Reconocimiento personería jurídica: Resolución 2613 del 14 de agosto de 1959 Minjusticia.

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