Los Comités Curriculares de las Áreas Académicas de pregrado y postgrado abren sus puertas para que estudiantes y profesores supervisen la calidad académica de cada Área, escuchen a compañeros y trabajen en proyectos que permitan la mejora continua y la proyección institucional de sus programas.
¿Qué es el Comité Curricular?
Un órgano consultivo que vela por la calidad académica e investigativa de los programas académicos que integran el área, así como su proyección institucional, el posicionamiento en el sector externo y su mejoramiento continuo.
¿Quiénes lo conforman?
- El director del Área Académica, quien lo presidirá. 
- Un (1) colaborador Administrativo, designado por el director de Área Académica, quien será el responsable de gestionar las agendas del Comité y levantar las actas de las reuniones. 
- Un (1) representante estudiantil por área, con su respectivo suplente. 
- Un (1) representante docente por área , con su respectivo suplente. 
¿Quién puede ser candidato?
- Estudiantes matriculados, sin cargos administrativos y en buen estado académico.
- Profesores de tiempo completo o medio tiempo, sin licencias activas.
¿Cuáles son las funciones de los elegidos?
- Velar por la gestión y calidad de los programas académicos y su mejoramiento continuo, en concordancia con las políticas institucionales.
- Hacer revisión y actualización permanente de los planes de estudio, las estrategias pedagógicas y metodológicas, los contenidos y los sílabus de las asignaturas y los demás asuntos particulares de cada programa del Área Académica.
- Fungir como Comité de Autoevaluación de los Programas Académicos, para registro calificado y acreditación.
- Hacer seguimiento a los resultados de los exámenes de Estado para el ingreso y salida de la Educación Superior, así como a la información existente en el Observatorio Laboral y otros resultados de empleabilidad y proponer estrategias de mejoramiento.
- Formular el marco general y los propósitos específicos para los exámenes de seguimiento, revisar sus resultados y proponer acciones de mejora.
- Proponer acciones para promover las relaciones con el medio y la internacionalización de los programas académicos, de acuerdo con los lineamientos de la Facultad.
- Aplicar los reglamentos estudiantiles de pregrado y posgrado.
¿Cuánto tiempo dura su representación?
Un (1) año contado a partir de la fecha de su elección y podrá ser reelegido por un solo período consecutivo.
¿Quiénes pueden votar?
- Los estudiantes matriculados en la universidad. Los estudiantes que cursan doble programa tendrán derecho a un (1) solo voto.
- Todos los profesores vinculados laboralmente a la Universidad.
¿Quién brinda transparencia y seguimiento a las elecciones?
La Secretaría General tiene a su cargo, organizar la elección de los Representantes de los estudiantes y profesores al Consejo Directivo, con las siguientes funciones:
- Fijar las fechas de inscripción de los candidatos, elección, escrutinios y las demás que sean necesarias.
- Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos estudiantes y profesores.
- Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar los resultados al Consejo Directivo, Rector y a la comunidad universitaria.
- Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones.
- Dar a conocer las normas electorales al inicio del proceso e informar sobre los candidatos del proceso.

