"El Estado es incapaz de proteger del abuso de los Derechos Humanos que provienen de las multinacionales"

"El Estado es incapaz de proteger del abuso de los Derechos Humanos que provienen de las multinacionales"

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"El Estado es incapaz de proteger del abuso de los Derechos Humanos que provienen de las multinacionales"
Martes, Octubre 22, 2019
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Esta es una de las ideas que compartió Santiago Botero Gómez, docente de la Universidad Anáhuac de México, en el conversatorio "Derechos Humanos y Empresas: Una reflexión desde diversos enfoques y perspectivas", organizado por la Facultad de Ciencias Sociales.
Foto: Alejandra Zapata

En el conversatorio, el profesor Botero indicó que la cuestión empresa y Derechos Humanos se ha posicionado en las agendas de los gobiernos, de lo organismos multilaterales, de las agendas de sindicatos, ya que hasta hace unos años se hablaba del tema de manera muy tangencial.

Ese protagonismo que ha tomado el tema se debería a tres razones, según el docente. La primera es que se trata de una temática donde convergen muchas otras temáticas que están en las agendas públicas.

"En la cuestión empresa y Derechos Humanos se ven reflejados otros problemas de nuestros tiempos, por ejemplo: el debate sobre los alcances y los límites de la globalización, un fenómeno que se ha profundizado desde mediados del Siglo XX; en los debates contemporáneos sobre la esclavitud moderna; en el declive de las soberanías estatales; y en el interés genuino sobre la situación del medio ambiente".

Daniel Marín, de Dejusticia; Natalia Orduz, de la Fundación Heinrich Böll Stiftunf y Santiago Botero, de la Universidad Anáhuac México.

La segunda razón es porque desde finales de los años 70 hasta nuestros días ha surgido y se ha posicionado en el debate público un corpus discursivo dentro del cual han surgido muchos conceptos: responsabilidad social empresarial, responsabilidad social corporativa, buen gobierno, auditoría social, códigos éticos, autorregulación, ética, marketing con causa social.

Para el docente, estos términos tienen en común que la idea de la empresa como actor social, no es solamente como vehículo económico, sino como un actor social que está llamado a moderar sus actuaciones y a considerar desde el planteamiento de sus estrategias hasta su propia operatividad, intereses no solamente económicos, sino intereses de otras naturalezas.

“Lo que está en el trasfondo es el resultado de evidenciar cómo en ocasiones las empresas multinacionales terminan afectando derechos e intereses de personas y de comunidades”, comentó. 

La tercera razón, es que a fin de cuentas las empresas multinacionales han resultado ser las grandes vencedoras y ganadoras del proceso de profundización de la globalización, particularmente económica. La globalización ha tenido como una de sus consecuencias unos sujetos ganadores, que son las multinacionales, y otros perdedores.

"Esto se debe a la reducción de los costos de transporte y comunicación, a la ruptura de muchas barreras que existían anteriormente para el flujo de capitales, bienes, servicios, y se debe sobre todo a la existencia de ciertos niveles de anarquía en el ámbito internacional en términos regulatorios, es decir, las empresas multinacionales en este contexto de corte neoliberal han encontrado el terreno fértil para moverse con total libertad y sin muchos candados que, quizá, sería necesario tener para evitar que su despliegue afecte los Derechos Humanos de comunidades enteras", comentó.

Al concluir su intervencón el docente compartió una de las ideas que concluría su charla sobre "¿Por qué hablar de empresas y Derechos Humanos?": "La violación de los Derechos Humanos no solo proviene del hecho de que el Estado abuse del ejercicio de poder, sino que muchas veces el Estado es incapaz de proteger del abuso de Derechos Humanos que eventualmente provienen por actores como las multinacionales".  

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Derechos Humanos y empresas -Una reflexión desde diversos enfoques y perspectivas
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Derechos humanos y empresas -Una reflexión desde diversos enfoques y perspectivas
Autor: 
Alejandra Zapata
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 Los estudiantes del programa de Relaciones Internacionales asistieron a la conferencia.

En el conversatorio también participaron Natalia Orduz Salinas, investigadora de la Fundación Heinrich Böll Stiftunf, con su charla "Derechos humanos, empresas y medio ambiente", en la que invitó a los estudiantes a consultar el Acuerdo de París, documento en el que se establece las medidas para la reducción de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero, a través de la mitigación, adaptación y resiliencia de los ecosistemas a efectos del calentamiento global.

El acuerdo fue negociado durante la XXI Conferencia sobre Cambio Climático (COP 21) por los 195 países miembros, adoptado el 12 de diciembre de 2015 y abierto para firma el 22 de abril de 2016 para celebrar el Día de la Tierra. 

Por su parte, Daniel Marín López, investigador de Dejusticia, en su intervención "Reconociendo la brecha en la rendición de cuentas corporativa dentro de la justicia transicional" recordó algunos de los fenómenos de complicidad empresarial en zonas del conflicto. Por ejemplo, el caso de Chiquita Brands, multinacional multada por tener lazos con grupos paramilitares.

Según documentos de la Corte, entre 1997 y 2004, altos funcionarios de la corporación pagaron a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), a cambio de la protección de empleados en las plantaciones de bananos que se cosechaban en Colombia, también despojando a la fuerza de sus tierras a los campesinos cercanos para extenderse más y más con complicidad del gobierno colombiano, señaló.

Otro caso puntual que mencionó fue el de Shell, la mayor petrolera que opera en Nigeria y que ha derramado en los últimos 50 años un millón y medio de toneladas de petróleo, causando un desastre ambiental de dimensiones considerables. Como este, existen muchos otros casos en los que gobiernos y dictaduras se han visto envueltos en casos de lesa humanidad.

 Daniel Marín López, investigador de Dejusticia, en su intervención "Reconociendo la brecha en la rendición de cuentas corporativa dentro de la justicia transicional".
 

Reconocimiento personería jurídica: Resolución 2613 del 14 de agosto de 1959 Minjusticia.

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